29.5.17

EL LICEO O´LEARY REINICIA ACTIVIDADES EN COMPLEA NORMALIDAD

@LiceoOleary.- Siguiendo las instrucciones de la Zona Educativa Barinas, y conscientes y comprometidos con la formación integral de los jóvenes barineses; este lunes 29 del mes en curso, se reinició las actividades en nuestra Institución con el objeto de dar cumplimiento al calendario escolar 2016-2017.


El Director MsC. Leonardo Brizuela Exhorta a Padres, Madres, Representantes y responsables a enviar a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes a las aulas de clases para garantizarles  las bondades de nuestro Sistema Educativo, a su vez hace extensivo el llamado a las organizaciones comunitarias a continuar trabajando de la mano, en función de la Paz de  nuestro pueblo barines.

16.5.17

DEBATE CONSTITUYENTE EDUCATIVO LO QUE NECESITAS SABER



14 PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA CONSTITUYENTE
Ante la decisión de una parte de la oposición venezolana de abandonar el espacio de la política democrática, escogiendo el camino de la violencia y de la intervención extranjera, el presidente Nicolás Maduro tomó la iniciativa constitucional de convocar a una nueva etapa asamblearia de la Constituyente convocada por nuestro comandante Chávez desde 1999, como la opción que posibilita una vía electoral en todos los órdenes y que resuelve el problema de la injustificable negación de la oposición a dialogar con el Gobierno legítimo y legal de la República.

El objetivo es lograr un nuevo desencadenante histórico, como el ocurrido en 1998, cuando elegimos a nuestro Comandante Chávez, que le permita a nuestro pueblo seguir el rumbo pacífico de las trasformaciones profundas que necesita nuestra sociedad, dejando de lado las amenazas de golpe de Estado, guerra civil o intervención extranjera.

La sola convocatoria del presidente Maduro ha ocupado la agenda política nacional, aislando cada día más a los violentos. En el fragor del debate han surgido las primeras interrogantes, que intentaré responder en este artículo:

1. ¿Qué es el Poder Constituyente?
El primer pensador que le da cuerpo teórico a la noción de Poder Constituyente es el francés Emmanuel Sieyes, quien, en 1788, en el marco de la pre revolución francesa, postula que la nación, entendida como voluntad común, es depositaria de un poder originario a partir del cual se constituyen los poderes del Estado, por eso lo llama Poder Constituyente.

2. ¿Qué es la Asamblea Nacional Constituyente?
Es el espacio jurídico donde los representantes elegidos por el Poder Constituyente se encuentran para acordar la convivencia social y la normativa jurídica que rige la Constitución.

3. ¿Existe la figura en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela?
Nuestra Constitución Bolivariana, resultante del proceso constituyente liderado por el comandante Hugo Chávez, reconoce en su artículo 347 que existe un poder originario.

4. ¿Cuáles son sus funciones?
Transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.

5. ¿Por qué se convoca en este momento?
Para promover un gran diálogo nacional, que frene la escalada de violencia promovida por parte de la dirigencia opositora, preserve la independencia y la paz de la República, y deje sentadas las bases constitucionales de un modelo social donde podamos vivir todos y todas con reconocimiento mutuo, igualdad, justicia, paz y dignidad.

6. ¿Puede el Presidente de la República convocar a la Asamblea Nacional Constituyente?
El artículo 348 de nuestra Constitución de 1999 establece que el Presidente de la República, la Asamblea Nacional, los Cabildos Municipales o los ciudadanos y ciudadanas pueden tomar la iniciativa de convocarla. En este caso, el presidente Nicolás Maduro ha tomado la iniciativa.

7. ¿Cómo se elige a sus miembros?
Por voto universal, secreto y directo.

8. ¿Por qué el presidente Maduro propone que haya dos ámbitos de elección: territorial y sectorial?
Dado que nuestra Constitución Bolivariana de 1999 reconoce el carácter multiétnico y pluricultural de nuestra sociedad y establece el papel participativo y protagónico que deben tener los sectores sociales, en el ejercicio de la democracia, se considera pertinente la elección por sectores, además de la elección territorial.

Es por ello que el Presidente ha planteado que los principales sectores sociales deben escoger sus constituyentistas de manera específica y también en el ámbito territorial. Todos y todas vamos a votar.

9. ¿Bajo qué criterio se escogen los sectores?
Considerando que existan registros institucionales, históricos, confiables y verificables que garanticen el principio de universalidad del respectivo sector.

10. ¿Cómo se postulan los candidatos?
En los dos ámbitos se hará por iniciativa propia, con el aval de un número de firmas ciudadanas que fijará el Poder Electoral.

11. ¿La dualidad del voto es discriminatoria?
No, porque priva el principio de que cada persona tiene tantos votos como cargos haya para elegir en su circuito, tal como ocurre en los circuitos plurinominales y en los circuitos indígenas.

12. ¿Pueden seguir funcionando los Poderes Públicos constituidos una vez entre en funcionamiento la Asamblea Nacional Constituyente?
Pueden, pero en forma alguna podrán oponerse a las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente, tal como lo expresa el artículo 349 de nuestra Constitución de 1999.

13. ¿La Asamblea Nacional Constituyente redacta una nueva Constitución?
Sí, profundizando y ampliando las bases doctrinarias de independencia, soberanía, democracia participativa y protagónica, pluriculturalidad, economía mixta e igualdad social, consagradas en nuestra Constitución Bolivariana.

14. ¿Qué se debatirá en la Asamblea Nacional Constituyente?
La Asamblea Nacional Constituyente fijará su agenda de discusión en base a las prioridades nacionales. Sin embargo, el Presidente, como convocante, ha propuesto nueve líneas programáticas para el debate constituyente: La paz como necesidad, derecho y anhelo de la Nación; el perfeccionamiento del sistema económico nacional hacia la Venezuela potencia; constitucionalizar las misiones y grandes misiones socialistas; la ampliación de las competencias del Sistema de Justicia, para erradicar la impunidad de los delitos; constitucionalización de las nuevas formas de la democracia participativa y protagónica; la defensa de la soberanía y la integridad de la Nación y protección contra el intervencionismo extranjero; reivindicación del carácter pluricultural de la patria; la garantía del futuro, nuestra juventud, mediante la inclusión de un capítulo constitucional para consagrar los derechos de la juventud; y la preservación de la vida en el planeta.

En la más pura tradición bolivariana de convocar a la soberanía popular para despejar el horizonte de la patria, vamos a la Constituyente por la paz y el futuro de nuestra juventud. Que Dios y el pueblo nos acompañen.

Elías Jaua

LA PATRIA CLAMA POR LA PAZ
Nada bueno puede esperar el pueblo venezolano del liderazgo opositor, que pretende ser gobierno a partir de la caotización del país y de la guerra fratricida. Su injustificable negación al diálogo, para retomar la hoja de ruta institucional y electoral que nos permita superar el conflicto político, aprobada en noviembre de 2016, es una demostración más de que han abandonado el camino de la democracia y de las elecciones.

La decisión de la dirigencia de la MUD de escalar hacia la violencia armada, enluta de nuevo a decenas de familias venezolanas y hace que la Patria toda llore a sus hijos e hijas, la mayoría jóvenes. Nada justifica una indolente estrategia política de acumulación de compatriotas asesinados, cualquiera sea su posición.

Atendiendo la opinión de la inmensa mayoría de la población, que rechaza la violencia y demanda una solución política al conflicto, el Presidente Nicolás Maduro ha tomado la iniciativa constitucional, de acuerdo al artículo 348 de la Carta Magna, de convocar al Poder Originario, el pueblo, a postular sus candidatos y candidatas para ser electos y electas de manera universal, directa y secreta como miembros de la Asamblea Nacional Constituyente, ya prevista en el artículo 347 de nuestra Constitución Bolivariana.

Es un sublime esfuerzo para convocar a los más amplios sectores de la vida nacional y encontrar un espacio para el diálogo político, la democracia y la paz que nos vacune contra la estrategia de odio, violencia y muerte ejecutada por la MUD, cumpliendo de manera cipaya las órdenes de los halcones del Pentágono.

La inmensa mayoría de los asesinados, en estos últimos 40 días, lo han sido por francotiradores,  pistoleros con armas de fabricación casera y explosivos al servicio de los grupos violentos. Alguien tiene que reflexionar, alguien tiene que rectificar en esa dirigencia opositora para frenar la muerte y hacer florecer la paz, y con ello la vida. Alguien tiene que asumir la responsabilidad del dolor causado a los familiares de las víctimas y a la Patria toda. Alguien tiene que, por fin algún día, pedir perdón.

El Gobierno Bolivariano ha asumido siempre su responsabilidad cuando un funcionario policial o militar ha cometido excesos en el cumplimiento de sus funciones, ocasionando lesionados o víctimas fatales, casos excepcionales por cierto. En cada caso se ha privado de libertad a los funcionarios responsables y se han puesto a la orden de la Fiscalía General de la República, todos están siendo procesados, muchos ya tienen sentencias de hasta 30 años.

Como humanistas y revolucionarios que somos, jamás permitiremos la impunidad en la comisión de delitos contra los derechos humanos, pero de igual manera tenemos que reconocer a la inmensa mayoría de Guardias y Policías Nacionales, que tienen más de un mes defendiendo el derecho a vivir en paz que tiene la familia venezolana y que lo han hecho apegados a los principios internacionales y constitucionales de uso proporcional y diferenciado de los medios, para garantizar el orden público, aún en medio de las más insólitas agresiones verbales y físicas, incluyendo disparos con armas de fuego, intentos de linchamientos y  de quemarlos vivos. Esa es la verdad para la historia.

El Presidente Nicolás Maduro es un líder responsable, cuando insiste en el diálogo con la oposición y busca una salida constitucional democrática como la Asamblea Nacional Constituyente, colocando su mandato a la orden de nuestro pueblo, para darle un chance a la paz y a la vida. El pueblo ha tomado como válida esa convocatoria y ya en campos, liceos, universidades, barrios, calles, comunas y fábricas se oye una consigna: “Hablando se entiende la gente, vamos a Constituyente”.

Hoy en el Día de las Madres, nuestro compromiso con ellas es perseverar en el camino para un reconocimiento mutuo entre los factores políticos que preserve el derecho a vivir en paz de sus hijos e hijas, los hijos e hijas de la Patria. Dios mediante, así será.



27.3.17

17 AÑOS DE LA PROMULGACIÓN DE LA LOPNNA POR EL Cmdt. CHÁVEZ

Jr / Liceo O'Leary.- El presidente Hugo Chávez siempre abogó por resguardar los derechos de los niños, siendo así que el 01 de abril del año 2000, hace 17 años, promulgó la Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (Lopnna), estricta normativa que resguarda los derechos fundamentales de los niños del país.

La Lopnna nació para regular los deberes y responsabilidades relacionadas con la atención y protección de los niños, niñas y adolescentes, en aras de propiciar una cultura de respeto a sus derechos.

Tiene sus bases en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, el 20 de noviembre de 1989, cuyo objetivo fue transformar necesidades en derechos.

El 29 de agosto de 1990 se promulgó en Venezuela la Ley Aprobatoria de la Convención sobre los Derechos del Niño, para brindarles protección social y jurídica a los niños, niñas y adolescentes.

En este contexto, se promulgó la Lopnna en Venezuela hace diecisiete años.

Para el año 2007, se reforma la ley con el objetivo de replantear en el país la estructura institucional de protección a niños y adolescentes.

La reforma otorga nuevos derechos a los niños como el buen trato, e introduce, por primera vez, la palabra amor en un texto legal.

Entre las garantías consagradas están los derechos a la vida, a la salud, a la seguridad social, a la protección en casos de conflictos armados, a la educación, al acceso a la información, a preservar su identidad, al nombre y nacionalidad, a no ser separado de sus padres, a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, a la recreación y la cultura, a la protección y seguridad, a la participación libre y al desarrollo.

Cada derecho plasmado en la ley que contiene 685 artículos conlleva a un deber. Entre los que deben cumplir los niños, niñas y adolescentes, se encuentran: Respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables, siempre y cuando sus órdenes no violen sus derechos y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico; respetar los derechos y garantías de las demás personas; cumplir sus obligaciones en materia de educación; honrar a la Patria y sus símbolos; respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas; conservar el medio ambiente.

La Lopnna también promueve la Educación de Niños y Adolescentes Indígenas y obliga al Estado a garantizar a todos los niños y adolescentes indígenas regímenes, planes y programas de educación que promuevan el respeto y la conservación de su propia vida cultural, de su idioma y el acceso a los conocimientos generados por su propio grupo o cultura.
La Asamblea Nacional Publicó en la Gaceta Extraordinaria N° 6.185 del lunes 08 de junio de 2015, la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.




Artículos reformados:
Artículos 264 sobre uso de niños, niñas o adolescentes para delinquir; se indica que quien cometa un delito en concurrencia con un niño, niña o adolescente, o sea determinador del delito, será penado o penada con prisión de 25 años.

Artículo 265 que se refiere a la Inclusión de niños, niñas o adolescentes en grupos criminales. La Ley estipula que quien fomente, dirija, participe o se lucre de asociaciones consumidas para cometer delitos, de las que formen parte un niño, niña o adolescente o, quien los reclute con ese fin, será penado o penada con prisión de 25 a 30 años de prisión.

Las disposiciones de la presente ley serán aplicadas a todas las personas con edad comprendida entre 14 y menos de 18 años al momento de cometer el hecho punible, y que aunque en el transcurso del proceso alcancen los 18 años o sean mayores de esa edad cuando sean acusados.

Cuando el niño sea menor de 14 años cuando se encuentre incurso en un hecho punible, sólo se le aplicarán medidas de protección de acuerdo a lo previsto en la ley.

Diferencias entre niño, niña y adolescente.
El niño o niña es toda persona con menos de 12 años de edad y adolescente es la persona con edades comprendidas entre 12 y 18 años. Cabe destacar que esta Ley es la primera en establecer esta diferencia, lo cual es muy importante debido a que influyen en la asignación de responsabilidades de acuerdo con los límites establecidos por la propia ley. Se les considera personas con derechos y responsabilidades correspondientes a su edad y capacidad, bien sea con sus padres, en el hogar, en la escuela y con la sociedad en general.

¿Cuál es el objetivo de la LOPNNA?
El objeto de la LOPNNA es regular los derechos y garantías, así como los deberes y responsabilidades relacionadas con la atención y protección de los niños, niñas y adolescente, además esta ley refuerza el concepto de familia como célula fundamental de la sociedad, por lo que le da gran importancia a las obligaciones que tiene como responsable principal, inmediata e irrenunciable en el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.

El alcance de la LOPNNA  se basa primordialmente en su relación con la Convención sobre los Derechos del Niño para la adaptación de la normativa internacional al sistema de justicia venezolano, además va más allá de la protección del niño, niña y adolescente, ya que también involucra y protege a la familia para garantizar el desarrollo integral del niño. Estableciéndose la trilogía familia-sociedad-Estado.

LOPNNA, es el instrumento por excelencia para la formación en valores democráticos, una aliada de la familia y la escuela para garantizar a niños, niñas y adolescentes el ejercicio pleno de sus derechos y garantías, responsabilizándolos en el cumplimiento de sus deberes. La Lopnna abre la puerta para establecer el debate democrático, señalando la importancia del respeto, del estar abierto a las diferencias de reconocer el valor a quien lo ofrece, de detenerse a reflexionar, de superar perjuicios y de ser capaz de escucharnos nosotros mismos.

La LOPNNA, no conlleva a la pérdida de autoridad, al contrario, nos brinda la oportunidad de ser los autores del cambio necesario creando el ambiente propicio para que niños, niñas y adolescentes aprendan progresivamente y de acuerdo a sus capacidades a tomar decisiones, a asumir las consecuencias lógicas de sus actos, capaces de asumir su rol como participantes activos de una sociedad democrática.

Para educar la participación responsable, hay que escuchar a los estudiantes, darles su espacio para expresarse, debemos consultarlos para la toma de decisiones, especialmente aquellas que los involucran. Debemos ser firmes cuando hay que serlo, brindar afecto y comprensión, especialmente en los momentos difíciles, teniendo siempre presente su condición específica como personas en desarrollo.

Fuente: Radio Mundial